Aprobado por el Consejo de Administración Nexion S.p.A.
1. Ámbito de aplicación del Código Ético de comportamiento
2. Institución del Órgano de vigilancia encargado de la supervisión
3. Relaciones entre la Sociedad y los “stakeholders”
4. Medio ambiente y desarrollo compatible
5. La conducción de los negocios
6. Publicidad y relaciones con los medios de información
7. Comunicación de las infracciones del Código Ético de comportamiento
8. Comunicación y difusión del Código de comportamiento
9. Violación del Código de comportamiento
Corghi Elettromeccanica fue fundada en 1954 para la producción de reclamos de caza para codornices.
En 1947 los hermanos Erminio y Remo Corghi ya empezaron a poner en práctica sus habilidades empresariales y su ingenio construyendo equipos de radio e inventando un reclamo especial de caza con grabadora de cable. Seis años más tarde, en 1954, nació Corghi Elettromeccanica. La marca con el ruiseñor, que a partir de ese momento se convirtió en el símbolo de la empresa, empieza a ser apreciada.
La empresa desarrolla su saber hacer mecánico en un amplio sector: estabilizadores de tensión para la TV, máquinas agrícolas, electrodomésticos, maquinaria textil.
En 1960, cuando estalla el boom del automóvil, los hermanos Corghi están perfectamente preparados. Inventan y patentan la primera desmontadora de neumáticos del mundo. Se trata del “artiglio”, la garra que necesitaban para entrar con fuerza en el mercado. La empresa despega y jamás deja de volar alto, convirtiéndose en líder indiscutible del mercado italiano, y líder mundial, en el sector de los equipos para la asistencia a vehículos.
La empresa aspira a ser líder mundial en el diseño, la producción, la comercialización y la asistencia de equipos para especialistas de neumáticos y talleres, ofreciendo a través de sus marcas una gama completa de productos cualitativamente excelentes, innovadores y competitivos en todos los segmentos de mercado y en todas las principales áreas geográficas.
El presente Código de Comportamiento (o Código Ético) contiene los principios fundamentales, expresión de la política societaria, en los que debe inspirarse la conducta de los administradores, los auditores, los directivos y de todo empleado, colaborador, funcionario o proveedor (Miembros Societarios) de la Sociedad.
Las normas del presente documento tienen como presupuesto fundamental el cumplimiento de toda disposición de ley y la adopción de una conducta éticamente correcta y justa por parte de todos los Miembros Societarios y de todos aquellos que, por cualquier razón, trabajen para la Sociedad, aunque sea de forma ocasional, teniendo en cuenta la disposiciones del Decreto Legislativo italiano n° 231/2001.
Dicho Decreto ha introducido en nuestro ordenamiento jurídico una forma inédita de responsabilidad de tipo casi penal para las Sociedades, cuando se cometen delitos en nombre o a beneficio de dichas Empresas.
El Decreto contempla, además, un sistema de sanciones muy estricto contra las Sociedades condenadas, pero asimismo prevé que el Código Ético, implantado en un Modelo eficaz de organización, gestión y supervisión puede eximir de esta responsabilidad a dichas Sociedades.
Nexion S.p.A. ha considerado oportuno elaborar un Modelo de organización, gestión y supervisión.
Esta actividad ha comportado la revisión de los procesos organizativos internos, empezando por las áreas de mayor riesgo, y el nombramiento de Órganos de vigilancia encargados de las tareas de supervisión y seguimiento, así como la adopción del presente Código de comportamiento, cuyo cumplimiento deberá considerarse parte integrante de las obligaciones contractuales asumidas por todos los Miembros Societarios (administradores, funcionarios, auditores, directivos, colaboradores, proveedores y clientes) de la Sociedad.
El presente Código Ético se propone como modelo de referencia para todas las personas que desempeñan funciones en Nexion S.p.A., adecuando sus comportamientos a los principios de lealtad y honestidad.
El presente Código Ético se inspira en el documento “Mission, Vision y valores de Minio srl”.
Los valores de una Empresa representan su promesa al mercado, a los accionistas, a las personas.
Se expresan en los principios éticos, en los modos de funcionamiento, en el estilo de comunicación, en los comportamientos de los directivos y de los colaboradores.
Los valores de Nexion S.p.A. son los valores de sus fundadores: existen y son visibles desde la fundación de Nexion y han desempeñado un importante papel en el éxito logrado por la Empresa.
Es necesario que estos valores permanezcan vivos y concretos en los comportamientos cotidianos.
INTEGRIDAD Y ÉTICA | Nuestros comportamientos deben basarse en la honradez, la honestidad y la imparcialidad tanto dentro como fuera |
VALORACIÓN DE LAS PERSONAS | Respetamos a las personas y brindamos oportunidades que permitan a cada uno expresar sus propias potencialidades |
TRANSPARENCIA | Sabemos escuchar y nos comunicamos con las personas de manera abierta e informal, somos flexibles y respetamos las normas |
INNOVACIÓN | Queremos ser innovadores en las soluciones de producto, proceso y servicio que proponemos a nuestros clientes, proveedores y colaboradores |
RESPONSABILIZACIÓN | Cada uno de nosotros da siempre lo mejor de si mismo para contribuir en el éxito de la empresa, movido por su pasión por el trabajo que realiza y porque anteponemos la sustancia a la forma |
PERTENENCIA | Nos sentimos orgullosos de nuestra historia y de trabajar en un Grupo que produce resultados, que respeta el medio ambiente, las personas y está al servicio del cliente |
VELOCIDAD DE REACCIÓN | Somos conscientes de que nuestro Grupo debe saberse adecuar a un mundo que cambia cada vez con mayor rapidez |
ESPÍRITU DE SACRIFICIO | Cuando es necesario sabemos sufrir para lograr los objetivos comunes |
BENEFICIO | Compartimos el principio de que la rentabilidad de la Empresa es la base de su desarrollo y de nuestro desarrollo futuro |
1) Cada Miembro Societario, según se ha definido anteriormente, en el desempeño de sus funciones deberá respetar los principios de honradez, buena fe, transparencia, fidelidad y lealtad tanto ante sus compañeros como ante terceros con los que mantenga relaciones.
2) Ningún Miembro Societario debe ofrecer dinero, bienes, servicios o beneficios de ningún tipo, ni en nombre ni por cuenta de la Sociedad, ni tampoco a título personal a empleados de personas, Sociedades o Entidades, ni a personas empleadas por éstas últimos con el fin de inducir, remunerar, impedir o de alguna manera influenciar cualquier acto o hecho en el interés de la Sociedad.
3) Ningún Miembro Societario puede solicitar o aceptar dinero, bienes, servicios o beneficios de ningún tipo de proveedores, o clientes relacionados con su cargo, su persona o con la actividad de la Sociedad.
4) Todo lo establecido en los puntos 2 y 3 es aplicable a las relaciones con personas, Sociedades o Entidades tanto privadas como públicas, tanto en Italia como en el extranjero.
5) No obstante lo establecido en los puntos 2 y 3, se admiten pequeños regalos o cortesías, siempre y cuando sean conformes a las costumbres locales y no estén prohibidos por la ley. Estas excepciones deben ser expresamente autorizadas por el Órgano de vigilancia.
6) Ningún Miembro Societario está autorizado a proporcionar en nombre de la Sociedad financiación alguna o contribución a partidos, organizaciones o candidatos políticos.
7) En el ejercicio de los derechos de fidelidad y lealtad arriba enunciados, cada Miembro Societario deberá abstenerse de realizar cualquier tipo de actividad de la que se obtengan intereses que entren en conflicto con los de la Sociedad.
8) Los Miembros Societarios deberán abstenerse de divulgar o utilizar en su propio interés o de terceros cualquier noticia o información confidencial relacionada con las actividades de la empresa, sobre todo, porque la confidencialidad es considerada un activo fundamental de la Empresa con relación a los clientes.
9) Las actividades prohibidas en los puntos 2, 3, 6, 7 y 8 no pueden llevarse a cabo ni siquiera de manera indirecta (por ejemplo a través de consultores, familiares o personas interpuestas).
Además queda prohibida toda actividad de cualquier índole (por ejemplo esponsorización, encargos, asesoramientos, publicidad) que tenga las mismas finalidades prohibidas en los puntos 2, 3, 6, 7 y 8.
10) Todo Miembro Societario que reciba una propuesta o tenga conocimiento de hechos contrarios a las prohibiciones de los puntos 2, 3, 6, 7 y 8 deberá informar inmediatamente a la alta dirección de la Sociedad en la que desempeña su actividad o al Órgano de vigilancia.
Nexion S.p.A. tiene como principio imprescindible el respeto de las leyes y los reglamentos vigentes en todos los países en los que trabaja.
Todos los empleados de la Sociedad deberán comprometerse a respetar las leyes y los reglamentos vigentes en todos los países en los que esté trabajando.
Dicho compromiso deberá valer también para los consultores, proveedores, clientes y para todo aquel que mantenga relaciones con la Sociedad: la empresa no iniciará ni proseguirá relación alguna con quienes se nieguen a cumplir este principio.
Los empleados de Nexion S.p.A. deberán estar al corriente y conocer las leyes y los comportamientos derivados de las mismas; si existiera alguna duda sobre cómo proceder, la Sociedad deberá informar adecuadamente a sus empleados.
A tal efecto, Nexion S.p.A. se encargará de garantizar un adecuado programa de formación y sensibilización continua sobre los problemas del Código Ético.
Toda operación y transacción deberá ser debidamente registrada, autorizada, verificable, legítima, coherente y congruente.
Todas las acciones y las operaciones de Nexion S.p.A. deberán llevar un registro del proceso de la toma de decisiones y su desarrollo.
Cada operación deberá estar respaldada por la debida documentación para poder proceder en cualquier momento a efectuar los controles que demuestren las características y los motivos de la operación y dejen constancia de la persona que ha autorizado, realizado, registrado y verificado dicha operación.
En las relaciones con la Administración Pública, no está permitido ofrecer dinero, ni hacer regalos a directivos, funcionarios o empleados públicos ni a sus familiares, ya sean éstos italianos o de otros países, salvo que se trate de regalos de poco valor y siempre y cuando sean conformes a las costumbres locales y no estén prohibidos por la ley.
Se consideran actos de corrupción tanto los pagos ilícitos realizados directamente a entidades italianas o a sus empleados, como los pagos ilícitos realizados mediante personas que actúan por cuenta de dichas entidades tanto en Italia como en el extranjero.
Se prohíbe ofrecer o aceptar cualquier objeto, servicio, prestación o favor de valor para obtener un tratamiento más favorable en cualquier tipo de relación mantenida con la Administración Pública.
Cuando se esté llevando a cabo una negociación, solicitud o relación con la Administración Pública, el personal encargado no deberá intentar influenciar de manera inapropiada las decisiones de la contraparte, incluidas las de los funcionarios que tratan o toman decisiones por cuenta de la Administración Pública.
En el caso concreto de licitaciones con la Administración Pública se deberá proceder respetando las disposiciones legales y las prácticas comerciales correctas.
Si Nexion S.p.A. recurriera a los servicios de un consultor o de una “tercera” persona para ser representada en las relaciones con la Administración Pública, será necesario prever que a dicho consultor o al personal del mismo o a esa “tercera” persona se le apliquen las mismas directrices que valen para los empleados de la Sociedad.
En el caso de que se esté llevando a cabo una negociación comercial, solicitud o relación comercial con la Administración Pública se deberá evitar el ofrecimiento o la realización de regalos, y tampoco estará permitido solicitar u obtener información confidencial que pueda comprometer la integridad o la reputación de ambas partes.
Además, Nexion S.p.A. se compromete a no hacerse representar en sus relaciones con la Administración Pública, por un consultor o “tercera” persona cuando ello pudiera dar lugar a conflictos de intereses.
11) Los Miembros Societarios no podrán llevar a cabo, colaborar ni dar lugar a la realización de comportamientos prohibidos por las disposiciones de ley, y en particular, a aquellos actos que constituyan los delitos previstos en el art. 25 ter del D.Lgs. italiano n 231/2001.
Comunicaciones societarias falsas (art. 2621 c.c.)
Comunicaciones societarias falsas en perjuicio de los socios o de los acreedores (art. 2622 apartados 1 y 3 c.c.)
Declaración falsa en prospecto (art. 2623, apartados 1 y 2, c.c.)
Información falsa en los informes y comunicaciones de las Sociedades de revisión (art. 2624, apartados 1 y 2 c.c.)
Obstaculización a las inspecciones (art. 2625, apartado 2, c.c.)
Formación ficticia del capital (art. 2632 c.c.)
Indebida restitución de las aportaciones (art. 2626 c.c.)
Reparto ilegal de beneficios y reservas (art. 2627 c.c.)
Operaciones ilícitas con acciones o participaciones (art. 2628 c.c.)
Operaciones en perjuicio de los acreedores (art. 2629 c.c.)
Reparto indebido de los activos de la empresa por parte de liquidadores (art. 2633 c.c.)
Influencia ilícita sobre la asamblea (art. 2636 c.c.)
Agiotaje (art. 2637 c.c.)
Obstaculización al desempeño de las funciones de las autoridades públicas de inspección (art. 2638, apartados 1 y 2 c.c.)
Los Miembros Societarios no podrán llevar a cabo, colaborar ni dar lugar a la realización de comportamientos que, a pesar de no constituir un delito de los anteriormente especificados, podrían serlo potencialmente, ni tampoco a comportamientos que pudieran favorecer la comisión de dichos delitos.
12) En materia de salud y seguridad en el trabajo, Nexion S.p.A. se ajusta a los siguientes principios y criterios:
a) evitar, dentro de lo posible, los riesgos;
b) evaluar los riesgos que no pueden ser evitados;
c) eliminar los riesgos en su origen;
d) adecuar el trabajo a las personas, en concreto, por lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo y los métodos de producción, sobre todo para atenuar el trabajo monótono y el trabajo repetitivo y reducir los efectos de estos trabajos en la salud.
c) tener en cuenta el grado de evolución de la técnica;
f) reemplazar lo que es peligroso por algo no peligroso o menos peligroso;
g) planificar la prevención buscando un conjunto coherente que integre la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo;
h) privilegiar medidas de protección colectiva con respecto a las individuales;
i) impartir instrucciones adecuadas a los trabajadores.
Toda la empresa, tanto a nivel directivo como operativo deberá cumplir estos principios, en particular cuando se deban tomar decisiones o hacer elecciones y, luego, cuando estás deberán ser actuadas.
13) En el desempeño de sus actividades los Miembros Societarios deberán evitar cualquier situación de conflicto de interés, es decir cualquier actividad que persiga un interés que no sea el de la empresa o mediante la cual el miembro societario se beneficie personalmente, en su nombre o en nombre de terceros, de oportunidades de negocio de la empresa.
Todo Miembro Societario que considere encontrarse en una situación de conflicto de intereses con respecto a la Sociedad, deberá notificarlo inmediatamente, según sea oportuno, a la alta dirección de la Sociedad en la que ejerce su propia actividad o al Órgano de vigilancia, sin perjuicio de las normas específicas previstas por el Código Civil.
14) Los Miembros Societarios y las demás personas o entidades con posibilidad objetiva de influenciar las decisiones de empresa, deberán abstenerse en todo momento de utilizar, aunque solo sea de manera implícita, su propia posición para influenciar la toma de decisiones a favor de familiares, amigos y conocidos para fines personales de cualquier índole.
15) Para todo lo que no haya sido expresamente previsto en los artículos anteriores, se aplicarán las disposiciones legislativas vigentes.
1. Ámbito de aplicación del Código Ético de comportamiento
Los destinatarios del Código Ético de comportamiento son todos los Miembros Societarios, sin excepción alguna, y todos aquellos que, directa o indirectamente, de manera estable u ocasional, instauren relaciones con las Sociedades del grupo y trabajen para conseguir los objetivos.
Todo Miembro Societario tiene la obligación de respetar el presente Código Ético de comportamiento, ya que este aspecto se considera de fundamental importancia para lograr un modelo de producción éticamente responsable.
Los Miembros Societarios de Nexion S.p.A. tienen la obligación de conocer las normas, abstenerse de llevar a cabo comportamientos contrarios a las mismas, dirigirse a sus superiores o al Órgano de vigilancia encargado para aclaraciones o notificaciones, colaborar con las estructuras encargadas de comprobar las infracciones y no ocultar a las contrapartes la existencia de un Código Ético de comportamiento.
En las relaciones de negocios, las contrapartes deberán ser informadas sobre la existencia de las normas de comportamiento y deberán respetarlas.
La infracción de las normas del Código Ético de comportamiento, además de comportar la aplicación del sistema de sanciones previsto por el Modelo de organización, gestión y supervisión adoptado por Nexion S.p.A., podrá perjudicar la relación de confianza de la Sociedad con el Miembro Societario que haya cometido dicha infracción, con las consiguientes consecuencias legales con respecto al vínculo con la Sociedad. El cumplimiento de las normas del Código Ético de comportamiento deberá considerarse parte esencial de las obligaciones contractuales de todos los empleados en virtud del art. 2104 del Código Civil italiano.
Nexion S.p.A., a través de sus Miembros Societarios, se compromete a colaborar con las Autoridades judiciales, a fomentar una cultura de empresa caracterizada por el conocimiento de los controles existentes y por una mentalidad orientada al control.
Nexion S.p.A. se compromete, además, a profundizar y actualizar el Código de Comportamiento para adecuarlo a la evolución de la sensibilidad y de las normativas pertinentes a dicho Código.
En particular, los directivos tendrán la obligación de respetar el Código Ético de comportamiento a la hora de proponer y realizar los proyectos, las acciones y las inversiones de la Sociedad, y los componentes del Consejo de Administración a la hora de fijar los objetivos de empresa, también deberán inspirarse en los principios de dicho código.
Todas aquellas personas que ocupen cargos de responsabilidad en Nexion S.p.A. (directivos) tendrán la obligación de ser un ejemplo para sus empleados, dirigirlos en el cumplimiento del Código Ético de comportamiento y promover el cumplimiento de las normas.
Además, deberán comunicar al Órgano encargado toda información útil sobre posibles controles no realizados, comportamientos sospechosos etc. y modificar los sistemas de control de su función siguiendo las instrucciones de dicho Órgano.
2. Institución del Órgano de vigilancia encargado de la supervisión
Nexion S.p.A. se compromete a respetar y a velar por que se respeten las normas del Código de Comportamiento mediante la institución de un Órgano de vigilancia, que se encargará de las tareas de supervisión y seguimiento del cumplimiento del Código Ético. Dicho Órgano se encargará en concreto de:
realizar un seguimiento constante de la aplicación del Código Ético de comportamiento por parte de los sujetos interesados, incluso a través de posibles notificaciones y sugerencias;
comunicar la posibles infracciones del Código que sean de especial relevancia;
presentar dictámenes vinculantes en relación a una posible revisión del Código Ético de comportamiento o de las políticas y procedimientos de empresa más relevantes, con el fin de garantizar la coherencia con dicho Código.
3. Relaciones entre la Sociedad y los “stakeholders”
Nexion S.p.A. aplica los principios contenidos en el presente código a las relaciones con los “stakeholders”, considerados como sujetos que entran en contacto con la Sociedad, que tienen sus propios intereses que es necesario respetar y valorar.
Dentro de esta categoría están incluidos los accionistas, los colaboradores-empleados, los clientes, la comunidad y el mercado.
En las relaciones con los accionistas, Nexion S.p.A. se compromete a garantizar las mismas condiciones a las diferentes categorías de accionistas, evitando aplicar diferentes formas de tratamiento.
En el desempeño de las actividades de empresa, Nexion S.p.A. reconoce un rol primario a los colaboradores y empleados, promoviendo la instauración de relaciones basadas en la confianza mutua, lealtad e igualdad de oportunidades de la profesionalidad de cada colaborador.
Nexion S.p.A. reconoce y protege los derechos de los trabajadores, en particular la salud y la seguridad en el lugar de trabajo.
En las relaciones con los clientes, Nexion S.p.A. comercializa productos de calidad superior y de conformidad con las exigencias del mercado; todo ello para satisfacer las necesidades de los clientes de manera cualificada y competente.
Para contribuir al desarrollo de la comunidad social en la que trabaja, Nexion S.p.A. valora las personas, la investigación, la innovación y el desarrollo social, educativo y cultural; garantiza una total colaboración y transparencia en las relaciones con las Autoridades públicas, nacionales e internacionales.
Nexion S.p.A. promueve el desarrollo de las formas de sostenibilidad y protección del medio ambiente. Por ello, Nexion S.p.A. promueve la adopción de sistemas de producción eco-compatibles, a pesar de no ser requeridos por la normativa de referencia; con ello pretendemos limitar el impacto ambiental causado por las actividades de producción, siempre que este objetivo sea sostenible desde el punto de vista financiero y operativo.
La información correcta y transparente es un requisito que se debe respetar; en efecto, Nexion S.p.A. es consciente de la importancia de esta actividad, sobre todo con relación a los stakeholders, terceros y el mercado.
La información comunicada al mercado y a los inversores deberán cumplir los principios de la honradez y la transparencia.
Nexion S.p.A. se compromete a elaborar comunicaciones de la manera más transparente posible, tanto en las campañas publicitarias como en los manuales y otros medios de comunicación (incluyendo las etiquetas de los productos, los folletos y los manuales prácticos de uso), rehuyendo de comunicaciones que no sean transparentes, éticas y correctas.
Nexion S.p.A. adopta en el ejercicio de su actividad los comportamientos dictados por la responsabilidad social de empresa, finalizados a llevar a cabo un desarrollo sostenible, compatible con el respeto de los derechos de todos los stakeholders, incluido el respeto por el medio ambiente. Estos objetivos son tenidos en cuenta en la aplicación de las iniciativas y adoptando todos los parámetros de sostenibilidad apropiados para conseguir dicho fin.
En este sentido, fomenta y anima a comportarse de forma similar a todas las Entidades con las que mantiene relaciones económicas e interpersonales.
En las relaciones comerciales de Nexion S.p.A., los colaboradores y los empleados de la Sociedad deberán observar los valores contenidos en el presente Código de Comportamiento.
Ante la presencia de conflictos de intereses, los empleados deberán tener en cuenta que todas las decisiones empresariales tomadas en nombre de la Sociedad deberán estar finalizadas a obtener el mejor interés societario.
Por dicho motivo, los empleados y otros miembros societarios del presente Código tendrán la obligación de evitar toda situación que genere conflicto entre los intereses de la Sociedad y los personales, como pueden ser las relaciones societarias con los proveedores, clientes, competidores, etc. y todas aquellas posibles situaciones en las que la existencia de un interés personal pueda influir en las decisiones de la Empresa.
La presencia de posibles conflictos de intereses deberá ser comunicada inmediatamente al responsable correspondiente. Para evitar este tipo de situaciones, todo empleado tendrá la obligación de comunicar a la dirección de personal la existencia de una actividad laboral con otros sujetos o la presencia de intereses de tipo económico-financiero, aunque solo sea de forma abstracta, que pueda influenciar su conducta en la actividad laboral que ejerce para la Sociedad ante determinadas terceras partes.
6. Publicidad y relaciones con los medios de información
En las comunicaciones y las relaciones, tanto internas como externas, Nexion S.p.A. exige claridad, honradez y transparencia. Los contenidos podrán ser divulgados por el Responsable de las comunicaciones externas, o por el órgano debidamente facultado, mediante comunicados de prensa o cualquier otra forma de comunicación autorizada.
Con relación a las autoridades de vigilancia competentes, o del mercado, la información deberá ser facilitada exclusivamente por los empleados expresamente asignados a tal fin por la Sociedad; los datos deberán presentarse con claridad y de manera inmediata.
La información confidencial no podrá ser puesta a disposición de terceros sin la previa autorización de los órganos competentes de la Sociedad.
En la elaboración de las campañas publicitarias y en la divulgación de información relacionada con los bienes fabricados por la empresa dirigidas al público, Nexion S.p.A. deberá verificar que los datos divulgados sean correctos y conformes a la normativa vigente. La Sociedad impide la publicación de información engañosa y no veraz.
7. Comunicación de las infracciones del Código Ético de comportamiento
Nexion S.p.A. pone a disposición la siguiente dirección de correo electrónico odv@corghi.com para la comunicación de posibles infracciones del Código Ético de comportamiento, que deberán enviarse al órgano de vigilancia encargado de la aplicación de dicho Código, el cual deberá:
- analizar la comunicación, escuchando, si procede, al autor y al responsable de la infracción;
- actuar de manera que garantice la protección del informador contra cualquier tipo de represalia, entendida como todo acto que pueda dar lugar incluso a la sola “sospecha de ser una forma de discriminación o penalización”;
- garantizar la confidencialidad de la identidad del informador, salvo en los casos previstos por la ley;
- en caso de probada infracción del Código Ético de comportamiento, deberá comunicar la notificación y las posibles sugerencias que considere necesarias a la alta dirección de empresa o las funciones correspondientes, según la gravedad de las infracciones.
Las entidades establecidas a tal fin determinarán los procedimientos que se deberán adoptar según las normativas en vigor y el sistema disciplinario adoptado por la Sociedad, se encargarán de su actuación e informarán del resultado al Órgano de Vigilancia.
El Órgano de vigilancia tiene la obligación de comunicar a los Miembros Societarios designados para la imposición de las sanciones, las infracciones relacionadas con los Miembros Societarios proponiendo que se adopten las medidas disciplinarias oportunas.
8. Comunicación y difusión del Código de comportamiento
Nexion S.p.A. se compromete a facilitar y garantizar el conocimiento del contenido del Código Ético de comportamiento, así como a divulgarlo, con todos los medios que considere adecuados (incluso a través de su propio sitio Internet) a los sujetos interesados mediante actividades de comunicación específicas y adecuadas. Nexion S.p.A. garantiza un programa de formación adecuado y una continua sensibilización de los valores contenidos en el Código Ético.
9. Violación del Código de comportamiento
Entre las obligaciones a cumplir durante el desempeño de la relación laboral se incluyen las disposiciones contenidas en el presente Código de Comportamiento.
La infracción de dichas disposiciones (así como de las prescripciones contenidas en el Modelo de organización, gestión y supervisión) podrá ser considerada un incumplimiento de las obligaciones exigidas por el contrato de trabajo y ser tratada como infracción disciplinaria, sancionable de acuerdo con la normativa vigente.
Las disposiciones contenidas en el presente Código serán vinculantes incluso frente a terceros (por ej. proveedores, representantes, etc.).
La infracción del Código por parte de dichos sujetos podrá ser considerada como incumplimiento del contrato, y, como tal, justificar la resolución de los contratos estipulados con Nexion S.p.A..